AFIP podrá trabar embargos a las billeteras virtuales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha incorporado recientemente a las billeteras virtuales dentro de la lista de activos sobre los cuales podrá trabar embargos con el fin de cobrar las deudas impositivas de contribuyentes morosos. El avance de las billeteras digitales llevó al organismo a definir los procedimientos a seguir por parte de los funcionarios ante éstas situaciones.

Dichos procedimientos ya permitían imponer medidas cautelares sobre cuentas bancarias, créditos a favor del contribuyente respecto de terceros, bienes muebles o inmuebles registrables. Ahora, se agregó la misma posibilidad sobre las cuentas digitales.

Según detalla el portal de noticias Infobae: «La normativa de la AFIP no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas. La práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias. Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos«.

Mercedes Marcó del Pont, actual titular de AFIP. Foto: Archivo LHDA Noticias.

Pese a esto, vale hacer la aclaración de que, en los hechos, los saldos en cuentas digitales no serán los primeros en ser buscados por la entidad recaudadora.

La nueva capacidad de embargo de AFIP abarca a todas las cuentas en pesos identificadas con un Código Virtual Uniforme (CVU). Por consiguiente, afectaría a compañías como Mercado Pago, Bimo, Ualá, Naranja X y cerca de 30 billeteras digitales más.

En las listas de la entidad tributaria ya se encuentran cerca de 10.000 contribuyentes morosos para los que se les solicitará embargar sus cuentas virtuales. El organismo que encabeza Marcó del Pont busca asegurarse cerca de $24 millones en impuestos adeudados, luego de que finalizara la suspensión de las ejecuciones de deudas fiscales, medida tomada en su momento para amortiguar los efectos de la pandemia.

«La AFIP entre sus facultades ya tenía la posibilidad de embargar todo tipo de activos , siempre y cuando la custodia de esos activos esté en una entidad basada en la Argentina. Eso te incluye la posibilidad de, llegando el caso, que se trabe embargo sobre tenencias financieras o hasta criptomonedas«, aseguró Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios a Infobae.

Juan Gonzalez
Estudiante de Economía. Escritor por gusto. Redacción LHDA.

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